El organismo desestimó la reclamación de la empresa recolectora Dimensión Ñuñoa y ratificó la sanción de 57 UTA por infracción a la norma de emisión de ruidos.
El Segundo Tribunal Ambiental rechazó la reclamación presentada por la Empresa de Recolección de Residuos Dimensión Ñuñoa en contra de la multa de 57 unidades tributarias anuales (UTA), equivalentes a unos $49 millones, por infracción a la norma de emisión de ruidos.
En su decisión, el tribunal desestimó la alegación de la empresa, que apuntaba contra la Superintendencia del Medio Ambiente, y confirmó la sanción aplicada a la firma que opera en la comuna de Ñuñoa.
Elaborado a partir de informacion de g5noticias.cl.
